Dónde habrá quedado aquello de:
las empresas son nuestras amigas.
Si nos privatizamos nos irá mucho mejor.
El estado es una rémora que no nos deja avanzar.
Con la privatización tendremos 12 años de paz social.
Pues para ser tus colegas, lo que nos piden bien podría decirse que es la carta de una esposa despechada negociando el divorcio.
Colgamos la "carta de los reyes magos" de nuestras amigas las empresas (ANESCO), no dejan títere con cabeza.
ANEXO AL ACUERDO SOBRE EL MARCO CONVENCIONAL SECTORIAL DE LA ESTIBA PORTUARIA.
Las partes también consideran que, junto a la modificación legal derivada del cumplimiento de la sentencia del TJUE de 11 de diciembre de 2014 y a la revisión del marco convencional del sector de la estiba, se deben adoptar una serie de medidas que permitan optimizar y reducir los costes operativos, a través de la flexibilización de las condiciones en las que se realizan los trabajos, siendo necesaria una evolución del modelo de prestación del servicio de manipulación de mercancías para impulsar la eficiencia y competitividad del sistema, adecuándolas a los nuevos sistemas organizativos y productivos y a la evolución tecnológica del sector.
A tal efecto, ambas representaciones, sindical y empresarial, entienden que es necesario optimizar la composición de las actuales manos portuarias, así como la solicitud del personal (llamamientos y nombramientos por empresa), eliminando posibles sobredimensionamientos de efectivos innecesarios y optimizando la productividad de los trabajadores. Para ello, la modificación legal y los convenios colectivos deberán contemplar un programa de reestructuración del sector de la estiba, que deberá ser sufragado por el Estado, para optimizar el tamaño de las plantillas actuales que, al menos, debe contener las siguientes medidas:
1. Estudio pormenorizado de la composición de las “manos portuarias” en las que se presta el servicio en cada terminal portuaria y para cada tipo de tráfico, con objeto de detectar posibles ineficiencias improductivas e implantar las medidas para subsanarlas.
2. Determinación de las plantillas óptimas de trabajadores en cada puerto, atendiendo a los resultados del estudio anterior.
3. Plan de reajuste de las plantillas de estibadores de cada puerto, a desarrollar en un máximo de 2 años, adoptándose las siguientes acciones:
- a. Jubilación obligatoria de aquellos trabajadores que cumplan con los requisitos necesarios para acceder al 100% de las prestaciones por jubilación.
- b. Prejubilaciones incentivadas por el sector público mediante las oportunas medidas legales que compensen las retribuciones a obtener por el trabajador, las aportaciones al Tesoro de los empresarios y el coste de los Convenios Especiales, tanto obligatorios como voluntarios, con la Seguridad Social.
- c. Adecuación de los jornales que desarrolle el personal eventual, en aquellos casos que sea posible.
- d. Estudios e informes vinculantes de la CPSE antes de que se realicen nuevos ingresos, de forma que previamente se garantice la optimización del número de trabajadores necesarios por manos, una vez aplicadas las medidas de reducción pactadas en este documento.
- e. Priorización en la contratación de trabajadores que voluntariamente quieran trasladarse de otros puertos con excesos de efectivos.
- f. Tramitación de despidos colectivos en aquellos casos en los que resulte necesario ante la imposibilidad de redimensionar adecuadamente las plantillas mediante otras actuaciones.
En desarrollo de lo anterior y sin perjuicio de otras actuaciones que se deben realizar bajo el mismo programa de reestructuración, las partes entienden que, a la entrada en vigor de la modificación legal, se adoptarán las siguientes medidas concretas para el conjunto de los puertos españoles y para aquellos otros puertos determinados, seguidamente relacionados, que tienen mayores problemas de sobredimensionamiento:
Con carácter general
1. Movilidad de trabajadores entre las manos nombradas, en todas las especialidades y en cada terminal, previa la formación pertinente, en su caso.
2. Realización de tres nombramientos diarios de lunes a viernes, en aquellos puertos en los que, por razones organizativas y productivas, así lo decida la parte empresarial.
3. Flexibilidad en los horarios del comienzo de la jornada.
4. Fijación del sistema de nombramientos de forma que no transcurran más de 36 horas entre uno y el siguiente, en fines de semana.
5. Potestad de las empresas de poder organizar la producción convenientemente, nombrando los retenes, guardias y estableciendo los turnos que estimen necesarios.
6. Utilización de “manos cortas” cuando la actividad a realizar sea inferior al 50% de la que corresponda a la jornada habitual completa.
7. Estudios e informes vinculantes de la CPSE antes de que se realicen nuevos ingresos, de forma que previamente se garantice la optimización del número de trabajadores necesarios por manos, una vez aplicadas las medidas de reducción pactadas en este documento.
8. Para aquellos puertos, terminales o tráficos concretos que no hayan sido incluidos en algunas de las mejoras específicamente detalladas en este anexo con mayores efectos, se adoptarán medidas que supongan mejoras operativas y de aumento de la flexibilidad, cuya repercusión sea de una reducción del 30% del coste de las operaciones. En el caso de que no se hayan acordado medidas concretas en el plazo de 6 meses, se producirá una reducción automática de la masa salarial en la misma cuantía.
9. Adopción de medidas a implantar en cada puerto para las tareas complementarias desarrolladas por el personal estibador, que supongan mejoras operativas y de aumento de la flexibilidad, cuya repercusión sea de una reducción del 30% del coste de las operaciones. En el caso de que no se hayan acordado medidas concretas en el plazo de 6 meses, se producirá una reducción automática de la masa salarial en la misma cuantía.
10. Las empresas, en cualquier momento, podrán disponer de medidas que permitan adaptar los equipos de trabajo a los cambios tecnológicos que se puedan producir.
11. El salario mínimo absorberá, en todo caso, los periodos de inactividad.
12. Para los puertos que muevan contenedores, el 100% de los movimientos de TWIN (izadas de 2 contenedores de 20’ realizadas por grúa de muelle) se retribuirán como 1,5 contenedores, a la hora de calcular la parte de salario variable ligada a la productividad, independientemente de cualquier otra condición (posición de los contenedores en el patio, etc.)
13. Se circunscribe la labor de la trinca a los tráficos de contenedores, y vehículos, con las excepciones que establece la Ley de Puertos en caso de que las tripulaciones realicen el trabajo.
14. En las operaciones de manipulación de graneles se suprime la obligación de contratar capataces.
15. Llamamientos y nombramientos por empresa o terminal, en lugar de por buque.
Medidas especiales a implantar en puertos con sobredimensionamiento con carácter inmediato.
Algeciras:
- a. Medidas de optimización relacionadas con la composición de las manos
- - Eliminación de 1 Peón bordo en la mano simple y la mano completa. Se nombrarán 2 peones bordo en la mano simple y 5 en la mano completa
- - Eliminación del Apuntador. Amortización de la posición
- - Eliminación del Amantero. Se cubrirá esta posición por el Portainer que no está operando en grúa, para lo cual se incrementaría el nombramiento a 2 Portainer por grúa en todos los casos
- - Eliminación del Sobordista. Se supedita a la implantación tecnológica que lo sustituya -OCR en grúa-.
- b. Medida de optimización relacionadas con el sistema retributivo
- - Contenedores de la Tabla de Producción. Incremento de 4 contenedores (de 78 a 82) en la Tabla de Producción, de tal forma que, a la hora de calcular la parte de salario variable ligada a la productividad, compute a partir del contenedor nº 83 movido dentro de la jornada (los primeros 82 quedan asumidos dentro de la parte fija del salario de la jornada).
Barcelona:
- - Adopción de medidas (jubilaciones forzosas, jubilaciones anticipadas, traslados y extinciones) para reducir el número de trabajadores en 62 efectivos.
- - Reducción de controladores (grupo III), de forma que un controlador pueda dar servicio hasta a tres equipos de trabajo o fracción en buque simultáneamente, y uno para cuando haya operaciones de tierra.
- - Asignación de dos coordinadores (grupo IV) en las jornadas en que exista trabajo de explanada y buque, de un único coordinador en las jornadas en las que se realicen trabajos sólo en la explanada o sólo en el buque y de ningún coordinador en las jornadas sin actividad.
- - Todas tareas con vehículos nuevos realizadas en la explanada de las Terminales (trenes, recepción/entrega, movimientos horizontales, etc.) se realizarán con personal propio de las empresas.
Bilbao:
- - Adecuación del Convenio de Bilbao para la Implantación de 264 jornadas anuales efectivas por trabajador fijadas en el IV Acuerdo Marco. - Mantenimiento de la realización del transporte horizontal tal y como se está realizando en la actualizad, en base a la excepción establecida en el Art. 130.3 c) de la Ley de Puertos.
Las Palmas:
- - Adopción de medidas (jubilaciones forzosas, jubilaciones anticipadas, traslados y extinciones) para reducir el número de trabajadores en 67 efectivos. - Implantación de medidas de reducción en la composición de las manos de contenedores para reducir en 5 estibadores en los equipos de trabajo. (Nombramiento por empresa, Implantación de la “doble función” del capataz/apuntador, Reducción en algunas operativas a un único especialista por equipo, etc.)
Málaga:
- - Adopción de medidas (jubilaciones forzosas, jubilaciones anticipadas, traslados y extinciones) para reducir el número de trabajadores en 58 efectivos.
Tenerife:
- - Adopción de medidas (jubilaciones forzosas, jubilaciones anticipadas, traslados y extinciones) para reducir el número de trabajadores en 81 efectivos. (Pero que mentirosillo, cuando decías que había que despedir a 81 y la realidad era que dicho número comprende jubilaciones, prejubilaciones también, uuuyyy).
Valencia:
- - Reducción de cuatro trabajadores en la composición de cada mano para contenedores:
- 1. Reducción del tercer especialista y del 20% del resto de especialistas. Las tareas realizadas por estos especialistas (operación de twislocks en el muelle y señalización de camiones bajo la Grúa pórtico) se pueden optimizar si se establece un nombramiento a la terminal en lugar de al barco y se instalan sistemas simples de señalización para los camiones.
- 2. Supresión del nombramiento del primer sobordista, que asumirá funciones de capataz.
- 3. Reducción de los conductores de camiones efectuando el nombramiento a la Terminal en lugar de al buque.
- 4. Reducción de los nombramientos de controladores/dispacher innecesarios.
- Cambio del modelo de trinca, nombrando los trincadores a la terminal en lugar de al buque.
- Todas tareas con vehículos nuevos y Ro-Ro realizadas en la explanada de las terminales (trenes, recepción/entrega, movimientos horizontales, etc.) se realizarán con personal propio de las empresas.
- En graneles, las tareas complementarias se realizarán con personal no portuario.
- En las operaciones de carga/descarga de graneles, en los casos en que haya dudas razonables de la llegada de un buque, después del último nombramiento anterior al fin de semana o día festivo, y se desee operar antes del siguiente nombramiento, la empresa estibadora podrá nombrar, al final del nombramiento, un retén de trabajadores para poder operar el buque a su llegada.
Compromiso de paz social (Hay que tener la cara de hormigón armado)
- Los acuerdos alcanzados deberán garantizar la paz laboral.
- Se establecerán los mecanismos necesarios para impedir medidas de presión ilegales o huelgas encubiertas -slowdown.
ANTOLIN SI ACEPTAS ESTO ESTÁS MUERTO
ResponderEliminarFebrero del 2008, o se convertían en APIES o nuestro amigo el gitano iba a la huelga
ResponderEliminarGuerra guerra hijos de puta
ResponderEliminarya esta muerto.... ahora quiere sobrevivir
ResponderEliminartraducción de paz social: te voy a dar por el culo pero tienes que poner buena cara
ResponderEliminarValla hijos de puta k se preocupen de otras cosas i dejen a los trabajdores enpaz huelgaaaaa
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