Transcribimos a continuación el comunicado que han publicado los compañeros del SEI en su web sobre la postura de UGT - ETF sobre la sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre la estiba.
La sentencia se construye sobre argumentaciones de hechos que no se corresponden sobre la realidad del sistema portuario español:
Las empresas siempre han participado y podido participar en los procesos de selección de los estibadores portuarios, entendiendo que dichos procesos son contralados por las SAGEPS que pertenecen al 100% a las empresas estibadoras.
De la misma manera, debemos recordar que la prioridad de contratación encuentra origen en el convenio 137 de la OIT, especifico sobre el trabajo portuario, siendo a su vez máxima expresión de los principios de flexiseguridad de las políticas laborales de la Unión Europea.
Como ya se ha declarado en el pasado, el grupo de los trabajadores en el comité de diálogo social compuesto por la organizaciones sindicales afiliadas, cree que la apertura de procesos judiciales en los esquemas laborales portuarios es una herramienta inadmisible, que está siendo utilizada por la comisión para lograr lo que no pudo conseguir a través de las propuestas de liberalización rechazadas por el Parlamento Europeo en los últimos años.
En primer lugar como es el caso de España, el sistema de POOLS ha sido establecido por una ley escrita en consulta y con pleno acuerdo de los interlocutores sociales.
En España los empleados del puerto y los empleadores siguen defendiendo el sistema, que juzgan beneficioso para la estabilidad del empleo y el buen funcionamiento del sector.
La decisión de la comisión tanto de judicializar, como un potencial inicio de infracción, es en nuestra opinión un ataque al dialogo social y vulnera las buenas relaciones de trabajo entre los interlocutores sociales en los puertos españoles.
En segundo lugar, los operadores portuarios de todo el mundo se han establecido en la mayoría de los puertos españoles, esto demuestra en efecto, que el sistema de Pools no es un obstáculo que hace que los puertos españoles sean menos atractivos para los operadores tanto nacionales como internacionales.
Desde nuestro sindicado y la ETF, en representación de los estibadores no estamos dispuestos a soportar y esperar prácticas de dumping social en los puertos europeos.
Para nosotros, la estabilidad laboral de los trabajadores nunca debe entenderse como una restricción a la libertad de la empresa para establecerse.
Si para las instituciones de la unión europea la libertad de establecimiento está por encima de la estabilidad laboral, el proyecto “Europa Social” ha fallado.
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