domingo, noviembre 30, 2014

Los problemas de la formación de los estibadores ante las denuncias y la sentencia de la estiba.

La proxima sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, TSJUE, se dejarán sentir sobre la formación de la estiba y por tanto sobre la validez del IV Acuerdo Marco. Este medio ha podido acceder a los razonamientos de una de las quejas que pueden conformar o informar la sentencia de la estiba del próximo día 11 de diciembre.

Dice asi: "Las consecuencias de la sentencia de la estiba sobre el IV Acuerdo Marco publicado en el Boletín Oficial del Estado en lo referente a la estructura y organización del personal en el ámbito de la Organización de Empresas de la Estiba (OEE) surgen a raíz del artículo 6 de dicho acuerdo, que dice que el nivel óptimo de ingresos de los trabajadores de la estiba se producirá cuando cumplan el 100% de la jornada mínima mensual obligatoria, por lo que cuando un estibador realiza una jornada inferior a 4 horas se computa como 6 maquillando las horas reales de actividad y afectando, por tanto, a los niveles de productividad, ya que las empresas están pagando por un trabajo que no se ha realizado.

En este artículo 6 se vulnera también la libre circulación de trabajadores, sean o no comunitarios, ya que la posesión del certificado no es una garantía en otros países obteniéndose la competencia sólo para España imposibilitándose a las empresas recurrir al mercado laboral, puesto que la ley reza que sólo puede contratarse en caso de que no haya ningún otro trabajador en el puerto que quiera ascender.

Seguir leyendo: http://frenteportuario.blogspot.com.es/2014/11/los-problemas-de-la-formacion-de-los.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario