Más tarde, ha dicho que un posible juicio en el Tribunal
Europeo está perdido de antemano y que habrá que reformar la legislación
española de acuerdo al Dictamen.
Luego, que el asunto se conoce por Fomento, Coordinadora y
Anesco, desde 2009, pero todos lo han ocultado…
Para más "INRI", se pacta en el 2010 la actual Ley
de Puertos y, después de todo esto, ahora resulta que no considera razonable ni
justo ni equitativo continuar el actual proceso de infracción contra la
legislación española .
Tenemos que tener claro que si la legislación española (toda
la legislación española) se publica en el Boletín Oficial del Estado, ¿por qué
los sindicatos son capaces de hacer una serie de alegaciones en defensa de la
ley y sistema español y el propio Estado no ha sido capaz?
Pero, si ahora sí que lo hace, ¿por qué será? ¿Será porque
ha cambiado la postura del Estado?, ¿Será porque se han acordado de repente de
que existen normas nacionales e internacionales que protegen nuestro sistema?
Entonces ¿qué es lo que está pasando? Estamos ante una
victoria sindical y ya está, como se atribuyen unos, o se trata de que en el
Consejo de Ministros han dado instrucciones precisas para defender los Puertos
y, por ende, el desarrollo de la economía española.
Lo cierto es que el tema se las trae, porque, si por un
Organismo del Estado, es decir, por el Organismo Público Puertos del Estado
ahora se considera injusta la resolución del Dictamen contra España, ¿por qué
no se piden responsabilidades a los que supuestamente, a sabiendas, han dictado
esa resolución injusta (el Dictamen)?
En la Ley Española, que tanto interés ha despertado en el
Sr. Siim Kallas y Dimitris, resulta que la prevaricación (dictar a sabiendas
una resolución injusta), es un delito penado por la Ley con Pena de cárcel.
Entonces, ahora, ¿qué hacemos?...
Rafael Beses
ESTIBADOR Nº 63.277 DEL PUERTO DE VALENCIA.
Como se nota que a este compañero nadie le escribe los discursos, ¿verdad?
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