Al parecer nos hallaríamos ante lo que algunos pretenderían que fuera el funeral de la estiba portuaria.
Tanto es así que los "muchahitos" de Puertos del Estado y ANESCO, según este articulo, estarían dando forma a la partitura del requiem para tal ocasión.
Tanto es así que los "muchahitos" de Puertos del Estado y ANESCO, según este articulo, estarían dando forma a la partitura del requiem para tal ocasión.
Sabiendo como sabemos que estos no moverían el rabo sin consultar al mayoritario, solo faltaría que este sindicato estuviera metido también en un berenjenal de esta índole.
Si así fuera y esta noticia se confirmara, a mi personalmente no me gustaría estar en el pellejo de los susodichos, la verdad.
Dejamos el articulo de www.puertosynavieras.com
A LA BÚSQUEDA DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL FIN DEL SISTEMA ACTUAL DE ESTIBA
La sentencia sobre la estiba del tribunal de Luxemburgo va a
tener efectos económicos. La solución a sus efectos puede paliarse mediante
generosas indemnizaciones que logren una transición voluntaria y pacífica de un
régimen a otro.
Fomento y puertos del estado estudian con ANESCO la solución
económica al cambio.
El cambio del régimen laboral especial de los estibadores,
al régimen laboral común se propone hacer mediante una indemnización ad hoc.
La cuestión que se plantea es que para que no haya
conflictos en los puertos, habrá que compensar a los estibadores de alguna
forma. Está claro qu la mayoría de los estibadores son necesarios y no se está
planteando prejubilarlos en masa. Son necesarios y además son un colectivo relativamente
joven.
Por tanto hay que buscar una solución intermedia. Solución
satisfactoria para que accedan al cambio de régimen de una forma voluntaria y además
ajustada a derecho legal conforme a la actual legislación.
Una solución es ofrecerles la indemnización por extinción de
la relación laboral conforme a la legislación actual en casos de crisis. Se
sugiere que la indemnización de 2 días por año de servicio.
Un indemnización que para un portuario con 20 años en la profesión, podría ascender de 100.000 a 150.000 €. Es decir contemplando que hay unos 6300 estibadores en el censo de todos los puertos españoles, esto supondría unos 600 a900 millones de euros de indemnización al colectivo de estibadores.
Un indemnización que para un portuario con 20 años en la profesión, podría ascender de 100.000 a 150.000 €. Es decir contemplando que hay unos 6300 estibadores en el censo de todos los puertos españoles, esto supondría unos 600 a900 millones de euros de indemnización al colectivo de estibadores.
Por así decirlo la solución parece encajar con la declaración
del sector en crisis, como si esta hubiese sido provocada por la sentencia de
la estiba.
Claro está que algunos podrían argumentar que la aplicación
de esos 20 días por año para empresas en crisis, no encaja con un colectivo que
seguirá trabajando con similares retribuciones en más del 85% de los casos.
El problema es como explicar esto ante la opinión pública. Evidentemente,
una indemnización de este tipo cobrada de golpe contra las arcas del Estado y
con el objeto de sanear las cuentas de compañías privadas, por mucho que
técnicamente el estado las haya obligado a este modelo de empleo, podría provocar
un efecto rebote en la opinión pública.
La clave debe estar en cómo graduar esta salida económica
dependiendo de los casos individuales. Es decir no podría aplicarse de igual
forma a los estibadores que se pudiesen prejubilar o que eligiesen salir del
círculo de empleo de la estiba, de aquellos otros que permaneciesen, en las
empresas contratados en régimen laboral común (fijos de empresa).
Es decir habría que diferenciar los casos de los estibadores
que pudiesen ser contratados en régimen laboral común, que técnicamente no
tendrían derecho a una indemnización libre de impuestos, si son las mismas
empresas las que los vuelven a contratar, de aquellos otros que pudiesen pasar
a engrosar las listas de ETTs, con un empleo más precario que los contratados
de forma fija por las empresas estibadores (lista del saco).
Es decir que habría una diferencia de trato tanto económico
como fiscal, dependiendo de la solución laboral de continuidad que cada
estibador escogiese.
Habría mayor indemnización para los estibadores que saliesen
completamente de la profesión que de aquellos que continuasen, con parecido
sueldos y con menores tasas de temporalidad.
Para los que permaneciesen en la profesión, con diversos
grado de “fijeza” en el empleo habría que articular formulas distintas de
cobrar esta indemnización.
Todo ello con el objetivo de satisfacer al cuerpo de
estibadores en una solución que voluntaria mente tendrían que aceptar.
Fuente: www.puertosynavieras.com
Al lorito nano...
ResponderEliminarhttp://josetorregrosa.files.wordpress.com/2009/08/cordero-degollado.jpg
AL QUE ESTE DE ACUERDO CON ESTO LO COLGAMOS Y A OTRA COSA
ResponderEliminarYa sabemos porque estan enchufando a sus allegados y lameculos
ResponderEliminarDicen que uno recoge lo que siembra, yo no recuerdo haber plantado tantos idiotas
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