La Dirección General de Empleo ha solicitado a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) que analice el contenido del IV Acuerdo Marco de la estiba ante una posible vulneración de la legislación. Empleo remitió a la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (Anesco) y a los representantes de los trabajadores una una comunicación de cinco páginas en la que les informaba del procedimiento emprendido para que la de que ha solicitado a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) dirima si se vulnera la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, según publicó Diario del Puerto y se hizo eco ayer la Asociación de Navieros Españoles (Anave) en su boletín informativo.
El IV Acuerdo se firmó el 29 de julio y se encuentra en proceso de aprobación y publicación por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Anesco y los sindicatos informaron ayer que habían trasladado al texto los requerimientos de Empleo.
En su informe, Empleo reclamaba a los firmantes aclaraciones sobre la naturaleza del convenio. Los firmantes del IV Acuerdo Marco "pretenden que el mismo sea a la vez convenio colectivo de sector, de empresa y de grupos de empresas vinculadas por razones organizativas y productivas", lo cual "no puede ser, principalmente porque son distintos los sujetos que tienen legitimación para negociar y acordar un convenio colectivo estatutario".
Asimismo, Empleo se refirió a la pretensión de aplicar el convenio a las empresas no estibadoras que desarrollen en el puerto el resto de actividades indicadas en el artículo 3 con trabajadores de las sociedades de estiba. "Al igual que ya ocurrió en el IV Acuerdo anterior, el banco empresarial (Anesco) en la Comisión Negociadora del presente Acuerdo no tiene representatividad real, y por tanto no está facultado, para establecer un ámbito de aplicación del convenio que alcance a empresas no estibadoras".
Anesco tampoco representa a las empresas que asuman como propio el convenio "para la realización de las tareas tradicionalmente portuarias que determine como tales la Comisión Paritaria Sectorial del acuerdo", ni tampoco representa a las Sociedades Estatales de Estiba, precisando que "Anesco no ostenta ninguna representación de las mismas y deben ser excluidas del ámbito de aplicación del Acuerdo".
Asimismo, "se deben especificar las tareas tradicionalmente portuarias" y "el ámbito funcional", que es "el único medio de conocer con exactitud a qué empresas y trabajadores va a ser aplicable". Todas estas especificaciones son las que las partes incluyeron en el convenio sectorial.
Fuente: http://www.europasur.es/article/maritimas/1621161/empleo/solicita/competencia/analice/iv/acuerdo/marco.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario