lunes, abril 22, 2013

Algunas "sorpresas" que nos hemos encontrado en la redacción de la propuesta para el nuevo IV Acuerdo Marco


Haciendo un repaso esta nueva propuesta para la confección y aprobación de lo que sería el IV acuerdo marco bis, o re bis vaya usted a saber, estamos encontrando que si la anterior presentación fue una monumental chapuza, responsabilidad de asesores “de primera” (o eso dicen), de aquellos que la aceptaron (a saber en que estarían pensando) y también, de la mano que lo rubricó (mano que si miramos con detenimiento podremos ver los finos hilos que la mueven), este nuevo capítulo no desmerece para nada al anterior patinazo, y eso que solo estamos comenzando a ver su redacción.

Para no extendernos mucho en preámbulos  pasemos a señalar algunos artículos cuya modificación la entendemos como una agresión, no voy a decir aquello de “sin precedentes” pues haberlos, los hay, que se nos antoja premeditada y alevosa.
Por lo pronto el Articulo 3 sufre un brutal adelgazamiento dejando el concepto de tareas portuarias a las definidas en el real decreto legislativo 2/2011 y a las tradicionalmente portuaria. Si miramos dicho real decreto nos encontramos con unos de los regalos que los de ANFAC y el Sr. Llorca les colaron (o eso al menos parece) a esto linces de la negociación:

Artículo 130. Definición y ámbito del servicio portuario de manipulación de mercancías.
c) El embarque y desembarque de camiones, automóviles y cualquier clase de vehículos a motor, con sus remolques o semirremolques, cuando se realicen por sus propietarios, usuarios o conductores habituales dependientes de aquellos. Asimismo, está excluido del servicio de manipulación de mercancías el embarque y desembarque de vehículos a motor sin matricular.

Quizás el no reflejar, como era tradición, todas las actividades que se consideraban estiba pura y dura, se entienda como un método para ocultar este “golazo” por toda la escuadra que la parte empresarial y el gobierno colaron a “los figuras” de la parte social (¿?), o sea que estaríamos ante una omisión por vergüenzas, lo que nos complace pues esto significa que algunos la tienen.

Luego, lo que toca ahora es rebajar derechos y desregular las condiciones de trabajo para poder realizar dicha tarea a expensas de que llegue algún iluminado con un ejército de parías  necesitados sacados de la lista del paro, de esos que cobran a 2€ la hora para que este trabajo nuestro, pase a ser un recuerdo del pasado.

Otro regalo de esta nueva chapuza (o por lo menos a nosotros se nos antoja como tal) sería el artículo 5. 3 el que autoriza a los puertos al descuelgue para negociar algunos conceptos en términos de flexibilidad y competitividad o sea, se abre la veda a la competencia entre estibadores de diferentes puertos por medio de la rebaja salarial, aumento o des regularización de los horarios, composición de manos, etc. Viva la unidad, sí señor. Esto, que duda cabe, es un buen ejemplo de cesión a la patronal y las navieras que pretenden usar como herramienta para la rebaja generalizada de las condiciones laborales y salarios la competencia desleal entre estibadores de diferentes puertos.

Encontramos también que en el articulo 6/1 el nivel óptimo de empleo que en el III acuerdo marco era del 85% de la jornada máxima convencional (228 turnos anuales en jornada de 8 horas y de 274 en jornada de 6 horas), ahora pasaría a ser del 100%.

Seguimos escrutando la propuesta a ver que más sorpresas nos encontramos. A medida que las vayamos descubriendo las colgaremos aquí para información de la “parroquia”





1 comentario:

  1. Ay Tortolin,tu sigue con las mismas pastillas:mientras tu te levantes 10000 al mes a los demas que les den

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